Sí. Según el capítulo V del Código Alimentario Argentino (NORMA PARA LA ROTULACIÓN Y PUBLICIDAD DE LOS ALIMENTOS, 3.4.3.2), se debe expresar “cero”, “0” o “no contiene” calorías cuando la porción aporta menos de 4 kcal/17 kJ, como el caso de los endulzantes Cero de Ledesma.